Dirección General de Cultura y Educación

Colimba

Teniente General Pablo Ricchieri, ministro de guerra durante la presidencia de Julio Argentino Roca.   Fue uno de los impulsores del estatuto militar orgánico de 1901, Ley N° 4301, que declaró obligatorio el servicio militar en la Argentina.

Durante las últimas décadas del siglo XIX, etapa en la que se consolidó la organización nacional luego de una las arduas guerras civiles, las elites gobernantes construyeron las bases institucionales, jurídicas y administrativas del país y definieron las matrices sociales, políticas y culturales que configuraron las identidades, los roles y los valores para los ciudadanos.

A comienzos del siglo XX, el auge inmigratorio era muy importante y se hacía necesario lograr la integración cultural y formar al ciudadano llevando a cabo, para ello, una educación basada en la inculcación de valores, el desarrollo de hábitos y actitudes y la imposición de roles. En ello, no sólo la escuela desempeñaría un papel fundamental sino que también se pensó en la instauración del Servicio Militar Obligatorio (SMO).

Durante el curso del año 1901, se debatió y aprobó en el Congreso la ley orgánica del Ejército, propuesta por el poder ejecutivo y preparada por el ministro de guerra Pablo Richieri. Los fundamentos básicos del SMO eran que:

“[...] las fuerzas de la nación la constituyen el pueblo mismo, obligado a armarse en defensa de la patria, es decir, sus milicias, más un pequeño núcleo de fuerzas permanentes organizadas y mantenidas [...]” Palabras del senador Carlos Pellegrini durante el debate parlamentario.

La Ley 4301 establecía que debían cumplir servicio los ciudadanos argentinos o naturalizados que cuenten con 20 años de edad. Recibirían instrucción por un período de entre 18 y 24 meses. A partir de la década de 1940, una nueva ley orgánica del Ejército, bajó la edad de los reclutas a 18 años y redujo el período de instrucción a un año o año y medio.

Los jóvenes que pasaban por el SMO solían retratarse con el uniforme para mostrar a la posteridad su paso por el ritual que los convertía en HOMBRES. El SMO recibía el nombre de COLIMBA dadas las actividades que realizaban los conscriptos Correr-Limpiar-Barrer.  En el imaginario social se instaló la idea de que luego de cumplir con el SMO, el joven saldría “hecho un hombre”. Así, el SMO era considerado por los integrantes de la sociedad como una suerte de rito de iniciación, durante el cual el conscripto entraría en contacto con las reglas de la institución armada, recibiría instrucción militar, educación en valores y pasaría por ciertas pruebas que lo convertirían en un hombre que podría integrarse a la vida social. El considerar que sólo los cuarteles eran capaces de “hacer hombres” a los jóvenes soldados implicaba una subestimación del rol educador de otras instituciones sociales como la familia y la escuela y también un menosprecio al trabajo como conformador del carácter y de la cosmovisión del individuo.

Una vez que el joven ingresaba a los cuarteles para cumplir con el SMO, se lo aislaba por un buen tiempo de la sociedad civil con la finalidad de lograr su despersonalización y transformarlo prontamente en un ser disciplinado, que ejecutara órdenes sin pensar en la justicia o la conveniencia de las acciones que se le ordenaban. Estas actitudes estaban de la mano con las ideas de jerarquía –las fuerzas armadas tenían una organización eminentemente verticalista- y respeto por la disciplina al interior de la fuerza.

A los conscriptos se les exigía involucrarse con los valores militares: subordinación, valor, disciplina, lealtad; vestimenta impecable; respeto a la autoridad de los superiores porque la jerarquía era el instrumento de legitimación de las órdenes, por más irracionales que éstas fueran; importancia del grupo como cohesionador ante situaciones extremas, sobre todo para enfrentar a los enemigos internos o externos; castigo ante los casos de indisciplina.  

Como forma de insertarlos en la vida militar, sus superiores se referían a la sociedad civil y a las actividades desarrolladas en ella en forma despreciativa. De alguna manera, ese desprecio se trasladaba a los conscriptos porque sólo lucirían temporalmente el uniforme militar. Además, consideraban que en las cuestiones castrenses los civiles no tenían espacio, es por ello que dentro de la fuerza, la vida se desenvolvía a partir de las reglas impuestas por ellos mismos, tal como si fueran una sociedad dentro de otra sociedad, es decir, con alto nivel de autonomía. Un ejemplo de ello, era la posibilidad de contar con su propio Código de Justicia que establecía la pena de muerte; juicios en los que el acusador era juez y parte y donde los acusados no podían tener un abogado sino ser defendidos por un oficial en actividad. El Código era una instrumento más de poder de los superiores hacia los subalternos. El 28 de febrero de 2009, entró en vigor la Ley 26.394 por la cual se derogó el Código de Justicia Militar, esto implica que, a partir de ese momento, todos los delitos militares pueden ser juzgados por la Justicia Federal y los hombres de armas quedan en iguales condiciones que el resto de los ciudadanos argentinos.

Soldado Omar Carrasco.  Había nacido en la ciudad de Cutral-Có, Neuquen. Cuando cumplía el SMO en la ciudad de Zapala fue sometido por sus superiores a exigentes ejercicios físicos y a golpes que le ocasionaron la muerte en marzo de 1994.   La sociedad percibía a los militares como un factor de dominación y disciplinamiento social debido, en gran parte, a su desempeño autónomo respecto de los demás resortes del Estado. Era común que el método pedagógico más utilizado en estas instituciones fuera la aplicación del castigo físico. Eso ocurrió con el conscripto Omar Carrasco, de quien sus superiores se mofaban porque era tímido. Lo denunciaron como desertor, pero lo habían matado en una feroz golpiza y habían escondido su cuerpo. Este caso provocó conmoción en la opinión pública en el marco del programa de reducción de gastos de las fuerzas armadas llevado adelante durante el gobierno de Carlos Menem. Rápidamente, mediante un decreto del Poder Ejecutivo, el 31 de agosto de 1994 se derogó el SMO y se implementó un sistema de voluntariado rentado (Ley 24.429/95).

Lo que sucede en los cuarteles no está al margen de la sociedad civil y tiene importantes consecuencias en el desarrollo de la vida democrática. Es por eso que las enseñanzas, métodos y prácticas que se lleven adelante en esas instituciones deben estar en consonancia con los postulados de la Constitución Nacional y con lo que establecen los tratados internacionales a los que la Argentina adhiere.

Conscriptos que pasaron por este tipo de formación y que tuvieron una escasa instrucción militar fueron a luchar contra los ingleses en Malvinas. Algunos de esos soldados denunciaron ante la Justicia haber sido torturados y maltratados por sus superiores durante el curso de la guerra. La jueza Eva Parcio de Selemme, a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Comodoro Rivadavia, calificó el 19 de febrero de 2009 como crímenes de lesa humanidad y crimen de guerra uno de esos casos que está investigando.

Lo invitamos a interiorizarse en la propuesta del Servicio Militar Voluntario que está actualmente en vigencia.

Servicio Militar Voluntario – Ley 24.429